Todas las personas, una vez que comienzan a trabajar de manera formal, deben realizar una cotización obligatoria del 10%, de acuerdo con lo indicado por la Subsecretaría de Previsión Social.
De esta manera, los empleados efectuarán depósitos periódicos, los cuales tendrán como destino sus cuentas personales con el fin de acumular más recursos para cuando jubilen.
No obstante, para realizar este proceso, las personas deben ingresar al sistema de capitalización individual en una administradora de fondos de pensiones, más conocidas como AFP.
La cotización previsional obligatoria se paga directamente a las AFP o “en los bancos, instituciones financieras o cajas de compensación con las cuales las AFP tienen convenio de servicios de recaudación”, conforme a lo señalado por la Superintendencia de Pensiones.
En el caso de los trabajadores a honorarios, el Servicio de Impuestos Internos es el encargado de calcular las cotizaciones de la persona para, posteriormente, informar la totalidad de los montos a la Tesorería General de la República (TGR).
Luego, con esa información, la TGR procederá a depositar las cotizaciones en las respectivas instituciones previsionales del empleado.
Finalmente, el proceso de pago se realizará con las retenciones de impuestos de cada trabajador a boleta de honorarios.
En el caso de las personas que trabajan de manera dependiente, según la Superintendencia de Pensiones, las cotizaciones previsionales deben pagarse por parte de su empleador dentro de los 10 primeros días del mes siguiente del que se recibió el sueldo.
No obstante, se indica que el proceso se puede prorrogar hasta el primer día hábil siguiente si es que dicho plazo expirase durante un día sábado, domingo o festivo.
A pesar de lo anterior, si el empleador realiza la declaración y pago de cotizaciones a través de un medio electrónico, el plazo se extiende hasta el día 13 de cada mes, sin importar si es un día festivo o fin de semana.
Por otro lado, los trabajadores independientes podrán pagar sus cotizaciones previsionales hasta el último día del mes siguiente en el que percibió la renta imponible.
El pago se realiza a través de las Planillas de Pago de Cotizaciones Previsionales disponibles en las agencias de las AFP, en donde se identifica a los trabajadores, su remuneración imponible, la fecha correspondiente y el monto cotizado, según la Superintendencia de Pensiones.
Sin embargo, esta no es la única opción, ya que la entidad indica que también se puede pagar por Internet, a través de la página Previred, utilizando las modalidades “full electrónico o pago mixto”.
La actualización de conocimientos respecto al cálculo del Subsidio por Incapacidad Laboral fue valorado por los equipos de las Cajas de Compensación.
En la instancia se conversó sobre el rol de las Cajas de Compensación en el sistema de protección social, además de cómo profundizar y consolidar su aporte al bienestar de los chilenos.
Las principales preocupaciones son la cobertura y financiamiento de su salud y de personas con discapacidad, cesantía, acceso a créditos, imposibilidad de ahorrar y de su futura pensión.
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