La Asignación Familiar es un beneficio estatal destinado a los trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados para que reciban un aporte monetario por cada carga familiar acreditada. No obstante, el monto de este dinero variará de acuerdo a el sueldo que reciba la persona beneficiaria.
Además, este beneficio, forma parte del Sistema de Prestaciones Familiares que está compuesto también por el Subsidio Familiar, Asignación Maternal y Subsidio Maternal.
¿Quiénes pueden realizar el trámite?
El Instituto de Previsión Social (IPS), indica que, para obtener este beneficio, las personas deben cumplir con al menos uno de estos requisitos:
Trabajadores dependientes del sector público y privado.
Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1 de enero de 1974, que, entre sus beneficios, contemple el de la Asignación Familiar.
Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP y que hayan acreditado cargas en el IPS.
Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
Pensionados de cualquier régimen.
Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados y en situación de discapacidad.
Personas con niños a su cargo, por resolución judicial.
Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes recibían la Asignación Familiar.
Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez, aunque solo en relación con su descendencia.
Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. Sin embargo, solo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.
¿Cómo solicitar la Asignación Familiar?
La Red de Protección Social indica que la persona debe tener los siguientes documentos para realizar este proceso:
Cédula de identidad vigente de la persona beneficiaria.
En caso que los estudiantes tengan más de 18, pero menos de 24 años, se necesitará un certificado de alumno regular.
Si se tiene cargas en situación de discapacidad, se requerirá el documento que lo acredita de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin).
Informe social fundado sobre la condición de abandono en el caso de cargas que lo requieran.
Sentencia judicial dictada por el tribunal de familia o certificado de nacimiento del menor, si es que estos están a cargo de tutores.
Posteriormente, con estos documentos, la persona deberá ir al organismo que se encarga de administrar sus cargas familiares, una Caja de Compensación, la AFP, el IPS u otras instituciones. Finalmente, tras realizar este proceso, se podrá recibir el pago de la Asignación Familiar.
De esta manera, el reconocimiento de cargas se puede realizar de las siguientes formas:
Si la cámara y el micrófono funciona correctamente, se debe hacer clic en «Iniciar video atención».
Esperar a que se conecte un ejecutivo y realizar el trámite juntos.
¿Cuándo se paga?
ChileAtiende indica que el pago de la Asignación Familiar se realiza de la siguiente manera:
Trabajadores y trabajadoras dependientes: Pagado por el empleador, por lo que se incluye en el sueldo.
Trabajadores y trabajadoras independientes que emiten boletas de honorarios: En la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
Trabajadores y trabajadoras independientes que cotizan por cuenta propia: Cuando realicen sus cotizaciones o aportes.
Pensionados y pensionadas: El pago es realizado por la entidad que entrega la pensión, es decir, la AFP o IPS.
Personas subsidiadas por cesantía: Se paga junto a este.
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