En diferentes ocasiones puede ocurrir que una persona no pueda retirar su beneficio o pensión por algún motivo personal o de salud. Por esta razón, existe la opción de autorizar a un tercero para que pueda realizar los cobros.
No obstante, para hacer este trámite, la persona debe realizar una autorización formal en la que, de acuerdo a lo indicado por ChileAtiende, se “otorga el titular de una prestación previsional (también llamado poderdante), administrada por el IPS, para que una tercera persona (apoderado) pueda actuar en su nombre y representación”.
De esta manera, el apoderado podrá solicitar, tramitar, así como también cobrar los beneficios o pensiones ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
Conforme a lo indicado por ChileAtiende, pueden realizar este trámite todas las personas que sean titulares beneficiarias de las prestaciones previsionales y asistenciales administradas por el IPS, es decir, pensiones, bonos y subsidios, entre otros.
De esta manera, para poder realizar esta solicitud, se deben presentar los siguientes documentos:
Según la entidad, existen diferentes maneras de realizar este proceso y estas pueden ser las siguientes:
En caso de optar por realizar este trámite en línea, se deberá seguir los siguientes pasos:
Sin embargo, para realizar este trámite, deben estar presentes tanto la persona titular como el futuro apoderado con sus cédulas de identidad vigentes.
Para realizar este trámite de manera presencial, la persona beneficiaria, junto a su apoderado, deben seguir estos pasos:
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