Los regímenes tributarios son un conjunto de leyes, reglas y normas que se encargan de regular la tributación de las actividades económicas, de acuerdo con lo indicado por la Cámara de Comercio de Santiago (CCS).
No obstante, la entidad indica que los contribuyentes que deben tener uno de estos, son solo los siguientes:
Existen cinco tipos de regímenes tributarios, los cuales son los siguientes según el Servicio de Impuestos Internos (SII):
1.- Pro Pyme General
Enfocado en los micro, pequeños y medianos contribuyentes (Pyme) que determinan su resultado tributario en base a ingresos percibidos y gastos pagados, “estando obligados a llevar contabilidad completa con la posibilidad de optar a una simplificada”.
Además, están afectos al Impuesto de Primera Categoría con tasa del 25% y “sus propietarios tributarán en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas, con imputación total del crédito por Impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales”.
2.- Pro Pyme Transparente
Dirigido a Pymes con propietarios que sean contribuyentes de impuestos finales, en donde se determina su resultado tributario “en base a ingresos percibidos y gastos pagados, estando liberada de llevar contabilidad completa”.
Por ende, la empresa queda liberada del Impuesto de Primera Categoría, por lo que los propietarios deberán tributar con sus impuestos finales basándose en el resultado tributario determinado por la compañía el mismo año que se genere.
3.- Régimen General (semi integrado)
Este está dirigido a todos los contribuyentes que no sean clasificados como Pyme, se determina “su renta líquida imponible según las normas generales contenidas en los artículos 29 al 33 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, estando obligados a llevar contabilidad completa”.
Además, estás empresas se afectan con el Impuesto de Primera Categoría con tasa del 27% y no existen requisitos para acogerse a este régimen.
4.- Renta Presunta
Dirigido a los contribuyentes que desarrollan actividades agrícolas, de transporte y minería, aunque solo si sus ingresos no superan los límites establecidos por ley.
El capital debe cumplir con:
5.- Contribuyentes no afectos al artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta
Este aplica para los contribuyentes que deben llevar contabilidad completa y donde sus propietarios no se encuentren gravados con impuestos finales.
Para elegir un régimen tributario, las personas deben ingresar a esta página del SII, en donde se les solicitará el RUT y clave tributaria, sino también se puede acceder con la Clave Única.
Una vez dentro, los contribuyentes deberán acogerse a una de las opciones mencionadas. Además, en el mismo sitio, aparecerá más información sobre cada uno de los tipos descritos para que así el usuario pueda tomar la elección que más le conviene.
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