Descubre los detalles de la Asignación Familiar, quiénes pueden postular y cómo inscribir tus cargas familiares para recibir el aporte económico mensual.
Distintas son las ayudas que entrega el gobierno para las familias, entre ellas la Asignación Familiar, la cual se entrega mensualmente a familias de todo el país, y que durante julio de este año recibió un reajuste.
El beneficio consiste en la entrega de un monto que depende de las cargas familiares con las que cuente la persona beneficiaria, aporte económico que puede ser entregado para trabajadores dependientes e independientes, pensionados y subsidiados.
En el caso de los trabajadores independientes, según su situación, deben estar afiliados a un régimen previsional, pueden estar obligados o no a cotizar en una AFP. Quienes no coticen, deben haber inscrito sus cargas en el Instituto de Previsión Social (IPS).
En el caso de ser una persona cesante, también puede postular a la Asignación Familiar, presentándose con uno de los siguientes casos: teniendo el Subsidio de Cesantía o si al momento de quedar sin empleo percibía la Asignación Familiar.
Existen otras situaciones en las que se puede recibir el beneficio, las cuales se pueden revisar haciendo clic aquí.
El monto a entregar dependerá del ingreso mensual de las personas, como se observa en la siguiente tabla:
Los documentos requeridos para realizar la inscripción son:
Con esa documentación, se deben inscribir las cargas familiares en una Caja de Compensación, AFP, IPS, entre otros organismos.
¿Qué es una carga y cómo inscribirla?
La principal característica para ser causante de carga es vivir a expensas del beneficiario. No deben gozar de una renta superior al 50% del ingreso mínimo mensual, tampoco pueden haber trabajado en los últimos tres meses ni ser incluido como carga en otro organismo de previsión en ese lapso, excepto por “trabajadora embarazada”. Por último, no debe recibir Pensión Solidaria, ni ser beneficiario del Subsidio Familiar o Subsidio por Discapacidad Mental.
Las cargas pueden ser cónyuges, hijos, hijastro, adoptados, nieto o bisnieto que haya sido abandonado por sus padres, menores entregados por resolución judicial, ascendientes (madres, padres, abuelos, etc.) o personas con discapacidad de cualquier edad.
Teniendo en cuenta lo anteriormente mencionado, y recolectando documentación que acredite la correlación entre la persona que desee postular al beneficio y su carga, puede pasar a la parte de inscripción.
Para inscribir una carga existen dos modalidades, la primera que es la presencial, cuyo trámite se puede realizar en centro de atención de ChileAtiende.
La siguiente forma de hacerlo de manera acompañada o asesorado es mediante la sucursal virtual de ChileAtiende, donde se solicitan datos, para posteriormente iniciar una prueba de cámara y audio y conectarse con un ejecutivo que guiará el proceso.
También se puede realizar mediante la web:
Siguiendo estos pasos se puede dar inicio al proceso para acceder al beneficio, que se entrega de manera mensual a los beneficiarios. Si necesita más información, puede revisar el sitio web de la Red de Protección Social.
Recuerda que las Cajas de Compensación se preocupan por el bienestar económico de sus afiliados. Si aún no sabes en qué Caja estás, revísalo haciendo clic aquí.
La actualización de conocimientos respecto al cálculo del Subsidio por Incapacidad Laboral fue valorado por los equipos de las Cajas de Compensación.
En la instancia se conversó sobre el rol de las Cajas de Compensación en el sistema de protección social, además de cómo profundizar y consolidar su aporte al bienestar de los chilenos.
Las principales preocupaciones son la cobertura y financiamiento de su salud y de personas con discapacidad, cesantía, acceso a créditos, imposibilidad de ahorrar y de su futura pensión.
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