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Todo sobre el pago de licencias médicas en Chile: ¡Entendiendo el proceso!

Nadie quiere enfermarse, pero cuando sucede, saber cómo se gestiona el pago de la licencia médica es crucial para tener mayor tranquilidad. En Cajas de Chile, queremos que conozcas los detalles de cada etapa, así que hemos preparado esta guía completa para explicarte todo sobre el proceso.

En Chile, los trabajadores que pagan su cotización de salud, dependientes e independientes, pueden estar asegurados por FONASA o una Isapre. Todos ellos tienen derecho al pago de un subsidio de Incapacidad Laboral cuando la licencia médica emitida así lo establece.  

¿Quién paga mi licencia médica?

El pago de la licencia médica depende de varios factores, incluyendo tu situación laboral, el tipo de licencia y la institución de salud previsional a la que perteneces, por esa razón, puede ser pagada por Fonasa o Isapre, una vez aprobada por la Compin o la propia isapre, respectivamente. 

Tipos de licencias médicas

Es importante entender que existen diferentes tipos de licencias médicas, cada una con sus propias regulaciones:

  • Enfermedad o accidente común.
  • Medicina preventiva.
  • Pre y postnatal.
  • Enfermedad grave de un niño menor de un año.
  • Accidente del trabajo o del trayecto.
  • Enfermedad profesional.
  • Patologías del embarazo.
  • Seguro obligatorio de Acompañamiento de Niños y Niñas (SANNA)

Si está afiliado a FONASA, su pago se procesará a través de su Caja de Compensación. Si está afiliado a una Isapre, su pago de licencia por enfermedad provendrá directamente de su aseguradora.

¿Cuáles son los requisitos para que la licencia sea pagada?

Según la Compin, los trabajadores afiliados FONASA e Isapres deben presentar la licencia dentro de los siguientes plazos:

  • Trabajadores dependientes del sector privado: Debe entregar la licencia médica a su empleador dentro de los dos días hábiles siguientes al inicio de la incapacidad.
  • Trabajadores dependientes del sector público: El plazo para presentar su licencia médica al empleador es de tres días hábiles contados desde el inicio de la incapacidad.
  • Trabajadores independientes: Si eres trabajador independiente, debes presentar tu licencia médica a la COMPIN o a tu Isapre (según corresponda) dentro de los dos días hábiles siguientes a su emisión.

Este documento debe contener la siguiente información:

  • Nombre y RUN del trabajador.
  • Fecha de emisión del documento.
  • Fecha de inicio y número de días del reposo.
  • Tipo de licencia y características del reposo.
  • Identificación del médico tratante.

 

Para que la licencia médica sea procesada correctamente, la Compin requiere que todos los datos sean bien ingresados.  Es fundamental que exista concordancia entre los días de reposo, la descripción de la enfermedad, el tratamiento médico y el pronóstico de recuperación. Errores u omisiones pueden provocar el rechazo de tu solicitud.

 

Es relevante indicar que las Cajas de Compensación no tienen responsabilidad en este último punto, ya que recae totalmente en las Isapres y la Compin.

Para entender exactamente cómo te apoya de manera específica tu Caja de Compensación, te recomendamos revisar la información en su sitio web o contactar a su servicio de atención al cliente. En caso de que no conozcas la Caja de Compensación a la que te encuentres afiliado, revisa aquí.

¡Las Cajas protegen tu salud! Queremos simplificar el proceso de pago de tus licencias médicas para que te puedas enfocar en tu recuperación.

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Publicado el 21 de mayo de 2025

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