Aumento del Bono de Invierno 2023: consulta el nuevo monto - Cajas de Chile

Aumento del Bono de Invierno 2023: consulta el nuevo monto

Este beneficio se sumará a los $74.767 que se otorgan normalmente.

Pueden recibirlo adultos mayores de 65 o más años.
Pueden recibirlo adultos mayores de 65 o más años.

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El pasado jueves 1 de junio, el Presidente Gabriel Boric realizó la Cuenta Pública 2023, en donde habló sobre diferentes medidas para el país, ocasión en la que confirmó que el Bono de Invierno tendrá un nuevo pago que funcionará como complemento del beneficio.

Este bono, al cual no se puede postular y se entrega solo una vez al año, está destinado a los adultos mayores de 65 o más años que cumplan con las condiciones explicadas por ChileAtiende. Si no sabes qué trámites hay en ChileAtiende, revisa nuestro artículo explicativo.

Para recibir el Bono de Invierno, no se debe realizar ningún trámite, ya que este se paga junto la pensión. En el caso que un adulto mayor no recibiera el beneficio, pero considera que cumple con los requisitos, se debe contactar directamente con la entidad en la que recibe su dinero para que su caso sea analizado.

¿Cuánto es el nuevo monto del Bono de Invierno?

En un momento del discurso de la Cuenta Pública, el mandatario señaló que “durante el mes de junio complementaremos excepcionalmente el Bono de Invierno con un aporte adicional, del mismo monto en pesos en que se complementó el llamado Bono Marzo”.

De esta manera, el dinero complementario corresponderá a $60.000. Lo que se suma a los $74.767 que se otorgan normalmente con el beneficio.

¿Quiénes reciben el Bono de Invierno?

El Bono de Invierno, según indica ChileAtiende, lo reciben las personas que cumplan con las siguientes características:

  • Adultos mayores de 65 o más años.
  • Recibir una pensión igual o inferior a $201.677 y ser parte del Instituto de Previsión Social, Instituto de Seguridad Laboral, Cajas de previsión o Mutualidades de empleadores.
  • Adultos mayores que pertenecen al Sistema de Pensiones de Vejez que reciben pensiones mínimas con garantía estatal. 
  • Adultos mayores en el Sistema de Pensiones de Vejez que reciban un Aporte Previsional Solidario de Vejez y sus pensiones sean igual o menor a $201.677.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal que no tengan derecho a otra pensión de régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que reciban la PGU y que su pensión sea igual o inferior a $201.677.

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