No me hostiguen cobranzas: ¿Qué es y cómo solicitarlo? - Cajas de Chile

No me hostiguen cobranzas: ¿Qué es y cómo solicitarlo?

Con esta herramienta, se puede reducir la cantidad de llamados con respecto a deudas.

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Un 24% de las llamadas que reciben los chilenos de spam, corresponden a aquellas que realizan cobranzas, de acuerdo con el estudio Insights 2020 realizado por la aplicación Truecaller.

Debido a lo anterior, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) señala que este acto es regulado por la ley y no puede afectar la vida familiar ni laboral de las personas.

Los llamados de cobranza solo pueden ser realizados de lunes a sábados entre las 8:00 y las 20:00 horas. No obstante, si alguien siente vulnerados sus derechos, debe utilizar la herramienta de No me hostiguen.

¿Qué es No me hostiguen cobranzas?

El Sernac creó la herramienta No me hostiguen cobranzas para que las personas que están agotadas que las empresas los contacten debido a sus deudas puedan hacer algo al respecto e ingresen un reclamo formal.

De esta manera, los individuos pueden solicitar dejar de ser hostigados por las gestiones que realizan las compañías, ya sea por mensaje o vía telefónica,

¿Cómo ingresar una solicitud?

Las personas que deseen realizar una solicitud deben primero ingresar al Portal del Consumidor, con su Clave Única o del Sernac.

Después, debe seleccionar la opción “Reclamo” para luego hacer clic en «No me hostiguen cobranza», sección en la que deberá completar un formulario y enviarlo.

El plazo que tienen las empresas para responder es de hasta 18 días hábiles, en donde estas pueden comprometerse a ajustar el contacto por cobranza o, simplemente, no acoger la solicitud, aunque, en caso de tomar esta opción, la compañía deberá justificar su decisión.

No obstante, si el usuario siente que no se está cumpliendo con la normativa, deberá ingresar un nuevo reclamo, el cual deberá contar con aún más antecedentes.

Portal del consumidor.

¿En qué casos se puede reclamar a No me hostiguen cobranzas?

Se puede realizar un reclamo en No me hostiguen cobranzas, cuando a las personas las contactan en las siguientes situaciones, de acuerdo a lo descrito por el Sernac:

  • Cobro reiterado de una deuda.
  • Cobro de una deuda que ya está pagada.
  • Cobro de una deuda de otra persona o que desconoces.
  • Cobro de una deuda morosa que ya fue notificada judicialmente.
  • Cobro de una deuda que está siendo renegociada o liquidada con la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

Por este motivo, es importante recordar que, además del horario mencionado anteriormente, las empresas no pueden realizar más de una visita o llamado semanal, así como tampoco más de dos mensajes escritos a la semana, ya sea por texto, correo electrónico, carta y aplicaciones de mensajería, entre otras opciones.

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