¿Cómo autorizar a otra persona para que cobre beneficios o pensiones? - Cajas de Chile

¿Cómo autorizar a otra persona para que cobre beneficios o pensiones?

El Instituto de Previsión Social ofrece esta opción para quienes no puedan retirar su dinero.

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En diferentes ocasiones puede ocurrir que una persona no pueda retirar su beneficio o pensión por algún motivo personal o de salud. Por esta razón, existe la opción de autorizar a un tercero para que pueda realizar los cobros.

No obstante, para hacer este trámite, la persona debe realizar una autorización formal en la que, de acuerdo a lo indicado por ChileAtiende, se “otorga el titular de una prestación previsional (también llamado poderdante), administrada por el IPS, para que una tercera persona (apoderado) pueda actuar en su nombre y representación”.

De esta manera, el apoderado podrá solicitar, tramitar, así como también cobrar los beneficios o pensiones ante el Instituto de Previsión Social (IPS).

¿Quiénes pueden realizar este trámite y qué documentos se necesitan?

Conforme a lo indicado por ChileAtiende, pueden realizar este trámite todas las personas que sean titulares beneficiarias de las prestaciones previsionales y asistenciales administradas por el IPS, es decir, pensiones, bonos y subsidios, entre otros.

De esta manera, para poder realizar esta solicitud, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad.
  • Poder notarial simple o escritura pública, aunque esta solo será necesaria si es que se realiza la autorización para el cobro en forma notarial.
  • En caso de interdictos, resolución judicial.

¿Cómo autorizar a un apoderado para cobrar beneficios o pensiones?

Según la entidad, existen diferentes maneras de realizar este proceso y estas pueden ser las siguientes:

  • Autorización otorgada en ChileAtiende: Esta debe ser realizada por un asistente social.
  • Carta-poder: Este documento debe ser emitido ante notario público.
  • Escritura pública: Al igual que la carta-poder, este documento también debe ser otorgado y registrado por un notario.
  • Autorización virtual: La persona beneficiaria o pensionada puede solicitar este proceso por medio de la página de ChileAtiende. En casos que un individuo no pueda expresarse, ya sea por hospitalización u otra condición, un asistente social analizará la situación y tomará la decisión.

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    Autorización virtual de ChileAtiende

    En caso de optar por realizar este trámite en línea, se deberá seguir los siguientes pasos:

    • Ingresar a esta página de ChileAtiende y escribir el RUN de la persona beneficiaria y hacer clic en “Consultar”.
    • En caso que el sistema indique que el RUN es correcto, se desplegará un mensaje que dirá “Solicitar un nuevo poder”.
    • Al hacer clic, se deberá completar un formulario e ingresar la información de contacto.
    • Posteriormente, se tendrá que seleccionar el botón de “Comenzar prueba técnica”, en donde se comprobará la conexión del dispositivo.
    • Si todo funciona de forma correcta, se debe hacer clic en “Iniciar video atención”.
    • Finalmente, se deberá esperar la atención de un ejecutivo de la Sucursal Virtual de ChileAtiende.

    Sin embargo, para realizar este trámite, deben estar presentes tanto la persona titular como el futuro apoderado con sus cédulas de identidad vigentes.

    Oficina de ChileAtiende

    Para realizar este trámite de manera presencial, la persona beneficiaria, junto a su apoderado, deben seguir estos pasos:

    • Reunir los documentos indicados anteriormente.
    • Asistir a una oficina de ChileAtiende.
    • Explicar que se desea obtener un poder para el cobro de pensión o beneficio que es pagado por el IPS.
    • Seguir las instrucciones indicadas en el lugar.

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